
Lo hizo al derogar una norma que regía desde 2019 por la cual los colegios privados debían comunicar sus estructuras de costos a la Secretaría de Comercio y en función de un análisis de esta dependencia se permitían los aumentos.
“Que, entre los objetivos asignados a la citada Secretaría, se encuentra la implementación de políticas y marcos normativos necesarios para afianzar los derechos del consumidor, correspondiendo a su respecto la aplicación de la ley N° 24.240 y sus modificatorias”, decía la norma derogada.
Añadía que “la relación entre escuelas privadas y educandos, reviste características típicas de los contratos de adhesión, en los cuales el establecimiento dispone las condiciones generales a las que las alumnas y los alumnos se hallan sujetos”.
En consecuencia, los colegios y universidades privadas podrán implementar los ajustes que crean convenientes y establecer las condiciones de acceso a sus servicios sin mayores restricciones. (Fuente: Infonews)