El medio de comunicación alternativo «La Retaguardia», reconocido por transmitir en vivo las audiencias de los juicios de lesa humanidad por su canal de YouTube, denunció que Tribunal Oral Federal Número 5 de la Ciudad de Buenos Aires le revocó el permiso para transmitir el proceso oral y público del octavo tramo de la megacausa ESMA. Esta tiene como imputado a Horacio Luis Ferrari y que se desarrolla en los tribunales federales de Comodoro Py.
“Atendiendo el pedido de un defensor de genocidas, el TOF 5 de CABA decidió retirarnos el permiso para generar imágenes propias en el Juicio ESMA VIII. Es un grave antecedente de la Justicia fallando contra la libertad de expresión”, publicó La Retaguardia en su cuenta de la red social X, en la que adjuntó la resolución del tribunal.
En la resolución del tribunal, los jueces “dejaron sin efecto” la autorización oportunamente concedida a la Asociación La Retaguardia para que se conecte en vivo vía Zoom, al tiempo que “rechazaron” el recurso de reposición interpuesto por la querella encabezada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) para que las transmisiones de este proceso oral y público, según se consigna en un comunicado.
Ferrari, por medio de su defensa, solicitó al TOF 5 de la Ciudad de Buenos Aires, el retiro del permiso para que el medio La Retaguardia transmita el desarrollo de las audiencias, como lo hace con otros 14 juicios de los 17 que se desarrollan actualmente en los tribunales del país.
“Hace dos semanas, cuando Ferrari tenía que hacer su declaración indagatoria, le preguntó a su abogado si nosotros estábamos transmitiendo”, contó a la agencia Télam, Fernando Tebele, integrante de La Retaguardia.
“El abogado y el juez le dijeron que sí, entonces Ferrari contestó que se dejaba puesto el barbijo -que tapaba la mitad de su cara-. El juez lo escuchó y se lo hizo quitar. Esta es una muestra de lo que se ve cuando se televisan los juicios y de lo que se dice como acompañamiento periodístico”, argumentó.
Al respecto, Tebele hizo referencia a que en la televisación de los juicios de lesa humanidad por parte de medios comunitarios -no comerciales- se hace un tratamiento especial.
“Cuando nosotros transmitimos, a veces también transmite el canal de la justicia, pero la gente, en abrumadora mayoría, decide venir a verlo a La Retaguardia porque ahí hay un acompañamiento periodístico, hay entrevistas, hay opinión y hay una libertad total para manejar nuestras imágenes”, señaló.
Se refirió al Juicio por la Contraofensiva de Montoneros donde la testigo Aixa Bona reconoció a su secuestrador al verlo en la pantalla de La Retaguardia, cuando las audiencias empezaron a televisarse durante la emergencia impuesta como consecuencia de la pandemia de Covid 19. El otro ejemplo, es el de la testigo Alcira Camusso que reconoció a su torturador al verlo en la transmisión de «La Retaguardia».
Según establece el Código Procesal Penal y el artículo 287, los medios de comunicación tienen derecho a transmitir los juicos de lesa humanidad y los tribunales tienen que facilitar la tarea. “El único impedimento para cancelarla es que la sala sea pequeña, que no haya lugar o que se interfiera colocando la cámara en un lugar que impida el normal desarrollo del juicio”, destacó Tebele y advirtió que “nada de eso sucede y por eso en todos los juicios estamos pudiendo televisar. Es importante marcar que nosotros estamos televisando ahora 14 juicios, y que esto ha pasado solo en uno”.
“Lo que queremos marcar es este retroceso y una alarma para que otros tribunales entiendan que están vulnerando el derecho a la libertad de expresión”, concluyó el periodista.
Fragmento del comunicado de La Retaguardia
“Desde la Asociación Civil de Comunicación y Cultura La Retaguardia, y con el apoyo de todas las organizaciones y personas que firman debajo, queremos expresar: Nuestro total asombro y absoluto desacuerdo con la decisión del Tribunal Oral Federal N° 5 de CABA, quien ordenó ‘Dejar sin efecto la autorización oportunamente concedida’ a nuestro medio para ingresar a la sala Zoom en la que se realiza el juicio ESMA VIII contra el imputado Horacio Luis Ferrari”.
“La decisión de excluirnos de la sala del juicio y mandarnos a ‘tomar la señal del ‘CIJ’’, por el canal oficial que depende del Consejo de la Magistratura, atenta gravemente contra la libertad de prensa, porque nos limita a tomar imágenes generadas con otros propósitos. El periodismo tiene otra misión, que es la de informar, y esa tarea se ve coartada ante la decisión tomada por el tribunal, que nos impide elegir libremente qué mostramos y qué no, así como desmejora la calidad técnica de nuestro trabajo”.
“Estas limitaciones no solo perjudican nuestra tarea periodística, sino que vulneran el derecho a la información de miles de personas que siguen diariamente las audiencias desde diferentes puntos del país”.
“El pedido realizado por la defensa del abogado defensor Guillermo Jesús Fanego, recurre a argumentos falaces expresados en términos inadmisibles, ya que asegura: ‘He tenido diversos altercados con esta asociación identificada ideológicamente con los ex delincuentes terroristas que asolaron a nuestra patria, pues, en lugar de cumplir con el dudoso objetivo expresado, se han dedicado a transmitir los procesos como si se tratase de un evento de revancha y linchamiento’. La Retaguardia solo ha recibido reiteradamente agresiones y descalificaciones de su parte, siempre en el tono referido en el párrafo anterior, tanto por escrito como durante las audiencias de todos los juicios de los que participa”.
“En los 35 juicios que hemos transmitido hasta la actualidad (muchos de ellos junto a otros medios autogestivos de todo el país, como Pulso Noticias de La Plata, FM de la Calle de Bahía Blanca, Radio Presente de CABA y La Nota de Tucumán) jamás hemos interferido de ninguna manera en el debate judicial. Somos absolutamente respetuosos/as con todas las partes involucradas en el juicio. Y a la hora de expresar opiniones, lo hemos hecho siempre con respeto, porque esa es nuestra manera de hacer comunicación. Esto último lo señalamos con la certeza de que si fuéramos descalificadores para opinar, como lo es el abogado con nosotros/as, eso no debería ser objeto de juzgamiento por parte de ningún tribunal, así como no le llaman la atención cuando él descalifica a un medio con 20 años de trayectoria en defensa de los derechos humanos. Pero de todas maneras aclaramos que no nos manejamos de ese modo. El único intercambio que tuvo Jesús Fanego con uno de nuestros compañeros fue a través del chat de nuestro canal, que utilizó para agredir a una víctima mientras en el juicio alegaba un colega suyo de otra defensa. Nuestra respuesta fue pedirle, respetuosamente, que le preste atención a su colega”.
“Confiamos en que la jueza Sabrina Namer y los jueces Enrique Méndez Signori y Fernando Machado Pelloni entiendan la gravedad de la decisión tomada, que pueda ser revertida en este juicio o la tengan en cuenta para los próximos, sobre todo atendiendo al documento de la Corte Suprema de Justicia de este viernes 27/10 en el que se ocupa de destacar la protección constitucional a la libertad de expresión”, concluyó el comunicado con amplias firmas de apoyo.