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Tulela del daño ambiental: acordaron el desalojo de cacharrerías en Campo Largo

Mediante una serie de acciones que tuvieron como premisa la tutela del daño ambiental, el Juzgado de Paz y Faltas de Campo Largo acordó con un vecino el desalojo de la chatarra que acumula para compra-venta sobre su parcela y en la vía pública de un barrio de la ciudad en infracción a los artículos 44, 90, 91, y 102 del Código de Faltas.

Fue luego de audiencia de mediación en la que el juez José Luis Haertel, representantes del Municipio (como querellante particular) y el denunciado acordaron trasladar los cacharros a un predio privado fuera del ejido urbano, para lo cual la comuna pondría a disposición los medios de transporte necesarios.

Haertel otorgó un plazo prudencial para cumplir con lo acordado, bajo apercibimiento de realizarlo por la fuera pública y ordenó a la Secretaría de Medio Ambiente de Campo Largo que se ocupe del seguimiento, control y reciclaje de los residuos en cuestión por el impacto que tienen en el medio ambiente.

Al respecto, el magistrado recordó la doctrina y jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación en cuanto a que: «El daño que un individuo causa al bien colectivo ambiente se lo está causando a sí mismo. La mejora o la degradación del ambiente beneficia o perjudica a toda la población, porque es un bien que pertenece a la esfera social y transindividual, y de allí, deriva la energía particular con que los jueces deben actuar para hacer efectivo estos mandatos constitucionales».

Cooperativa La Prensa

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