En el marco de lo dispuesto por el artículo 112º de la Constitución Provincial, ambas bancadas mayoritarias solicitaron la convocatoria a sesiones extraordinarias, para tratar proyectos que consideran de interés público y urgente.
Los legisladores de Juntos por el Cambio remitieron nota a la Presidencia de la Cámara para que se convoque a Sesión el día lunes 29 a las 20 con el objeto de tratar los proyectos 544/24 que modifica artículos del Régimen de regularización de Excepciones Tributarias; 588/24 que ratifica el decreto que declara la emergencia sanitaria; y 423/24 que aprueba la actualización del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos.
Por el momento, elDiario pudo confirmar que los legisladores de Juntos por el Cambio, el CER y el Frente Integrador, Juan Carlos Ayala y Atlanto Honcheruk del Frente Chaqueño, y Juan José Bergia del Nepar votarán a favor del proyecto de OTBN propuesto por el Ejecutivo. Esos votos sumarían la mayoría de los votos que requiere el proyecto para ser aprobado.
ORDENAMIENTO DE BOSQUES
La semana pasada se reunió la Comisión técnica revisora para el análisis y actualización del ordenamiento territorial de bosques nativos (OTBN).
La comisión ad hoc, creada por resolución del cuerpo legislativo, es presidida por la diputada Silvina Canteros Reiser, mientras que los diputados Santiago Pérez Pons y Andrea Charole ocuparán la vicepresidencia y la secretaría. Completan la integración de la misma los diputados Darío Bacileff Ivanoff, Zulma Galeano, Ernesto Blasco, Laura Bisonni, Patricio Pavón, Francisco Romero Castelán, Tere Cubells, Juan José Bergia, Juan Carlos Ayala y Pía Chiacchio Cavanna.
En la sesión de mañana, se definirá qué tipo de bosque nativo se mantendrá vigente por los próximos años y cómo afectará al ecosistema chaqueño.
La semana pasada, un grupo de científicos del Conicet, a través de una carta de lectores publicada en Diario Norte, se expresaron en contra del proyecto que se votará. Entre sus fundamentos indicaron que: «este proyecto propone una actualización regresiva que denota graves vicios procedimentales y viola la normativa nacional e internacional aplicable para las actualizaciones de los OTBN, y desoye la evidencia científica respecto de las implicancias negativas para la población y el ambiente que supone la superficie sometida a desmonte prevista en el proyecto».
También advirtieron que: «El año pasado marcó un récord histórico de desmonte ilegal en la provincia desde la entrada en vigencia de la Ley Nacional de Bosques Nativos, una verdadera catástrofe ambiental que implicó la pérdida ilegal de más de 57.000 hectáreas, con la consecuente pérdida de los medios de vida de las comunidades campesinas e indígenas de la provincia». Por lo que la normativa debe proteger los bosques que quedan, no ponerlos en peligro.
EL PROYECTO
El proyecto establece:
Artículo 1°: Apruébase la actualización del Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos de la Provincia del Chaco de acuerdo al mapa de categorías de conservación que constan en el ANEXO I de la presente Ley.
Artículo 2°: Déjese sin efecto los inc. 1, 2 y 3 del artículo 2, el inc. m) del artículo 5, el artículo 6, inc. c) del artículo 9, y los artículos 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16 y 17 del Decreto Provincial N° 2.157/22; y todas las normas que se opongan a la Ley 1762-R y a la presente ley.
Artículo 3°: Crease una Mesa de Revisión y Actualización del OTBN que se reunirá una (1) vez por año a los fines de llevar adelante la actualización del Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos, con el objeto de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 13 de la Ley Nº 1762-R y el artículo 6 de la Ley N° 26.331 de «Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Bosques Nativos».
Artículo 4°: Determinase que el Ministerio de la Producción y el Desarrollo Económico Sostenible será la autoridad de aplicación de la presente Ley y el responsable de la coordinación de la Mesa de Revisión y Actualización prevista en el artículo 3°.
Artículo 5°: La Mesa de Revisión y Actualización creada en el artículo 3° estará integrada por:
a) Dos (2) integrantes de la Cámara de Diputados: uno (1) por la mayoría y uno (1) de la primera minoría;
b) Por el Ministro de la Producción y el Desarrollo Económico Sostenible en su persona, o a quien designe de una de las áreas de su ministerio; uno (1) por la Subsecretaria de Desarrollo Forestal; uno (1) por la Subsecretaria de Ambiente; uno (1) de la Subsecretaria de Agricultura o Ganadería del Ministerio de la Producción y el Desarrollo Económico Sostenible
c) Un (1) representante por cada sector de la producción ganadera, agrícola, de la industria, de la gremial empresaria, de las Organizaciones No Gubernamentales en defensa del ambiente;
d) Un (1) representante de las Asociaciones de Productores Forestales de la Provincia,
e) Un (1) representante de la Federación de Asociaciones de Productores e Industriales Forestales del Chaco;
f) Un (1) representante por cada uno del Consejo de Ing. Agrónomos del Chaco y del Consejo de Ingenieros Forestales del Chaco;
g) Un (1) representante del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA), un (1) representante del Instituto (INTI) y un (1) representante del Instituto Chaqueño de Ciencias, Tecnologías e innovación (ICCTI);
Artículo 6°: De forma.-
El mapa de la actualización del OTBN de la Provincia del Chaco aprobado en el presente ANEXO se encuentra alojado en el siguiente enlace: http://mapaotbn.chaco.gob.ar:8081/mapaotbn/mapachaco.php.
FUNDAMENTOS
El «Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos» (OTBN) de la Provincia del Chaco se aprobó en el año 2009 por la Ley Provincial 6.409 (la Ley Nº 1762-R) de acuerdo a lo establecido por el art. 6to. de la Ley Nacional 26.331 de «Presupuestos Mínimos de Protección Ambiental de Bosques Nativos».
De esta manera, se aprobó el texto de la Ley 6.409 (hoy la Ley Nº 1762-R) y el mapa de OTBN provincia.
La Ley 26.331 y la Ley 1762R, ordenan que el OTBN provincial debe actualizarse.
Es por esto que el Gobierno Provincial por medio del decreto 3856/08 creó la «Unidad Ejecutora» (UE) a los fines de llevar adelante este proceso.
En este sentido, la UE se encuentra conformada por un equipo técnico y otro participativo. El primero, es el responsable de confeccionar el mapa del OTBN actualizado como la de realizar todas las sugerencias pertinentes con la ayuda de un grupo de profesionales de diferentes organismos y entidades estatales. Por otro lado, el equipo de participación coordinará las diferentes etapas de consulta de estos avances con los actores involucrados como así también a la ciudadanía en general.
Que estamos en presencia de una verdadera destrucción del bosque nativo en el territorio provincial, sin que el Poder Ejecutivo anterior haya asumido sus obligaciones
constitutivas. Que ello implica, no solo una perdida en términos absolutos de recursos naturales, sino una concreta afectación de los servicios ambientales que el bosque presta y que son fundamentales para la vida misma, a las condiciones vitales del presente y de las futuras generaciones.
El Ambiente es un bien jurídico tutelado supraindividual y de carácter complejo por su plural composición, indivisible, de disfrute general e intergeneracional, y comprende todas las esferas donde se cobija al ser humano y sus actividades, circunstancia vital en la que está inmerso. Es decir, incluye a todos los sujetos de derecho ambiental amparados en su conjunto, como los recursos naturales, el ecosistema, la biodiversidad y el patrimonio cultural, y responde a una concepción amplia del término acogida por el art. 41 de la Constitución Nacional y el art. 38 de la Constitución Provincial, no como una mera acumulación de elementos, sino como sistema integrado y equilibrado (en este sentido, Ramón Martin Mateo, Raúl Brañes, en Néstor Cafferatta -Director-, “Tratado Jurisprudencial y Doctrinario de Derecho Ambiental”, T. I. Ed. La Ley, Bs. As., año 2012, pag. 12 y sig.)
El presente proyecto plantea la creación de un mesa revisora de la actualización del Ordenamiento Territorial de los Bosques Nativos con el objeto de dar cumplimiento a lo ordenado por el artículo 6º de la Ley Nacional 26.331; siendo esta una herramienta que será coordinada por productores, empresarios, industriales y técnicos del sector, representantes del Consejo Profesional de Ingenieros Agrónomos; Cámara Argentina de Productores de Extracto de Quebracho; la Federación Chaqueña de Asociaciones Rurales y del Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria (INTA) y por los distintos organismos públicos y privados, a los fines de monitorear el avance y cumplimiento del programa.
Por lo expuesto solicito a mis pares en el acompañamiento de la aprobación del presente proyecto de ley, porque el OTBN es un instrumento de gestión ambiental para favorecer a la conservación de los bosques nativos, pero al mismo tiempo, para el cumplimiento de las normas ambientales, que requiere de la verificación de un proceso técnico-administrativo regulado por normas provinciales y nacionales.-