El Concejal Fabricio Bolatti difundió la respuesta del pedido de informe que realizó a la Fiscalía Municipal sobre los honorarios extrajudiciales. Desde el organismo reiteraron que “No se percibe honorarios extrajudiciales ni se pone condiciones para regularizar situaciones impositivas particulares de los contribuyentes”.
“Producto de los planteos y el malestar ciudadano, principalmente de quienes se encontraron en la instancia judicial por incumplimientos en tributos municipales devengados en los últimos cinco años – los que solo en la Justicia de Paz y por deudas menores a $12.000 superaron las 30.000 presentaciones – hicieron que el Intendente dicte la Resolución N° 1.401, por la que suspende el trámite de las causas judiciales iniciadas para el recupero de los créditos fiscales del Municipio, en la que también autoriza a la Dirección Gral. Tributaria a realizar convenios de pago – moratorias – de créditos con las y los contribuyentes que están en trámite judicial, y sin requerir comprobante de liberación. Esta Dirección debe luego remitir a Fiscalía el listado de regularizaciones alcanzadas para que el profesional Interviniente proceda a notificar en la causa judicial”, sostuvo Bolatti.
No obstante, comentó que: “No deberían estar exigiendo el pago de supuestos honorarios, los que la Fiscalía dice no haber cobrado. ¿Entonces quien estuvo cobrando a miles de contribuyentes estas sumas por las cuales llegaron hasta emitir facturas C de profesionales que no se sabe el tipo de vinculación que tienen con el Municipio, además de que esos pagos al contado y en efectivo, no ingresaron a las arcas del Estado Municipal?”.
“Con la aplicación de solo estos artículos de alguna de las normas vigentes, no debería haber duda de que ninguna representación judicial del Municipio pueda percibir o cobrar monto alguno que no sea el 25% de un honorario profesional y siempre que sea regulado en por el Juez o Jueza en el expediente donde tramita la denuncia”, remarcó.
En ese marco, el edil reflexionó: “Si observamos la respuesta de la Fiscalía, se interpreta que el pago de honorarios se acredita también personalmente contra factura electrónica del profesional (extrajudicial), o por orden del Juez, se deposita dentro del Expediente (judicial), con lo que se pretende seguramente dar una salida a quienes estuvieron cobrando en contra de la Ley, pero lo hicieron formalmente con entrega de factura, lo que no lo justifica, ya que la forma de cobro no reemplaza la legitimidad del motivo o concepto que se cobra, lo que a la luz es ilegal y por ahora nadie se hace cargo, y ni se habla de efectivizar la correspondiente devolución”.