
A raíz de la implementación de un nuevo sistema de gestión de trámites, será obligatorio consignar CUIL, DNI o CUIT del firmante en los trámites promovidos ante el Poder Ejecutivo provincial, entes autárquicos o descentralizados y empresas del Estado.
Así lo informó la Secretaría General de Gobierno y Coordinación, en el marco e la modernización del Estado y tiene como objetivo de acelerar los tiempos de gestión administrativa.
Dicho recaudo está establecido en el artículo 26 del Código de Procedimiento Administrativo: “Todo escrito por el cual se promueva la iniciación de una gestión ante la Administración Pública, deberá contener los siguientes recaudos: a) Lugar y fecha. b) Repartición u oficina al que se dirige. c) Nombres y apellido o razón social, documento de identidad, CUIT o documentación equivalente”.