
La Cámara en lo Criminal de Charata absolvió este martes a los cuatro agentes policiales imputados por la muerte en custodia de Leandro Bravo, ocurrida el 26 de febrero de 2022 en esa localidad chaqueña. El Comité contra la Tortura apelará el fallo.
Basándose en el relato de la fiscal Silvana Rinaldis, el Tribunal de la Cámara del Crimen de Charata desconoció las pruebas y decidió absolver a Fleitas Noguera, Gómez, Sosa y Díaz, quienes en febrero de 2022 torturaron hasta la muerte al hombre de 37 años.
Qué podemos esperar de una Cámara Criminal que no tiene perspectiva en derechos humanos, que claramente ataca y afecta la dignidad de una persona que no puede defenderse»
Abogado por la querella del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco, Roberto Sotelo.
Los jueces Juan Carlos Clauter, Andrea Sánchez y Lorena Cimbaro Canella, determinaron la absolución del oficial subayudante Alexis Fleitas Noguera, por los delitos de tortura seguida de muerte y falsedad ideológica; al cabo Franco Sosa y al agente Carlos Díaz por el delito de tortura seguida de muerte; y a Enzo Gómez como partícipe necesario del delito de tortura seguida de muerte.
Para fundamentar su decisión, los magistrados dieron por válida la versión policial de que Leo era alguien que molestaba en el vecindario y que por eso hicieron un “uso legítimo de la fuerza” para detenerlo. En este sentido, argumentaron que las condiciones precarias de salud en la que se encontraban derivaron en su muerte, legitimando así el accionar policial.
El presidente del Comité de Prevención de la Tortura, Darío Gómez manifestó al respecto “A Leo lo suben a la camioneta de la policía con vida y a los 20 minutos llega muerto al hospital. Eso se llama en cualquier lugar del mundo muerte en custodia, es responsable el Estado por lo que le pasó y sin embargo este tribunal se dedicó a buscar lo que se conoce como la mala víctima, o sea, no investigó a los policías y a la víctima”.
Y añadió “Hoy escuchamos una sentencia tremenda, una cuestión de estigmatización de la víctima, no analizaron el rol tanto de los imputados sino más bien se dedicaron analizar a la víctima, con un lenguaje estigmatizador, discriminatorio, trataron de mentiroso algunos testimonios, sin elementos”.
Por otro lado el abogado por la querella del Comité para la Prevención de la Tortura del Chaco, Roberto Sotelo aseguró “Hoy ha quedado evidenciado que aquí reina la impunidad”. “Qué podemos esperar de una Cámara Criminal que no tiene perspectiva en derechos humanos, que claramente ataca y afecta la dignidad de una persona que no puede defenderse, que no está presente porque fue muerta a manos de personal policial”, afirmó.
Sotelo remarcó que Leandro Bravo “no murió de una enfermedad ni por una situación común, murió a manos de la policía y esto hay que decirlo”. El Comité apelará la sentencia ante el tribunal de alzada