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Obstáculo judicial para dilatar el recurso por las tarifas de luz

La Defensoría del Pueblo del Chaco informó que a raíz de un planteo de inhibitoria que realizó el Ministerio de Energía de la Nación, se agregó otro paso judicial en la causa iniciada por los aumentos de energía correspondientes al 2017. Ahora la Cámara Federal de Apelaciones deberá resolver si es competencia de la Justicia Federal de Resistencia la definición sobre el amparo presentado por el defensor del Pueblo, Gustavo Corregido, o si corresponde al juzgado Contencioso Administrativo de Capital Federal dictar la sentencia sobre el caso.

El ombudsman explicó que se trata de un “conflicto de competencia” en el que el gobierno nacional realizó un cuestionamiento respecto del juez que va a continuar entendiendo en la causa. Corregido cuestionó que se utilicen mecanismos judiciales para dilatar las definiciones sobre esta cuestión que resulta urgente para usuarios y usuarias de la provincia.

“La intención es complicar el seguimiento del expediente, afectar el debido proceso y el derecho de acceso a la Justicia de quienes demandamos y frenar todo en Buenos Aires con jueces que no tienen en cuenta las particularidades de una provincia electrodependiente”, remarcó.

El defensor explicó que la jueza federal chaqueña ya se expidió sobre el caso y destacó que no se puede ceder el poder jurisdiccional sobre los efectos de la resolución cuestionada. Tal como lo señala la ley de amparo, el caso puede ser tratado por un magistrado del lugar donde se exteriorice o tenga efecto el acto cuestionado y en este caso, por ser una provincia con claves particularidades como condiciones climáticas extremas, la condición de electrodependiente y la realidad social imperante, resulta necesario que un juez con conocimiento de estas cuestiones defina las acciones sobre el caso, subrayaron.

“El Ministerio de Energía de la Nación pretende que todas las causas iniciadas a lo largo y ancho de la Argentina contra el tarifazo de energía recaigan en un mismo juzgado, en este caso el Contencioso Administrativo Federal N°5 de CABA. Esto altera el federalismo y no contempla que las cuestiones fácticas y normativas no son idénticas en todo el territorio del país, tal como lo señalo la jueza federal chaqueña”, explicó Corregido.

El caso se tramita ante Juzgado Federal Nro. 2 de Resistencia, y en relación a esto, la jueza rechazó el planteo de inhibitoria, definió mantener su competencia y elevar las actuaciones a la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia para que defina el conflicto de competencia. En esa línea, la magistrada destacó que atribuir una competencia distinta a la que ella sugiere y que es la que ya se venía tratando, “iría a contramano de brindar mayor protección a quienes más lo necesitan” y “afectaría la tutela judicial efectiva de los usuarios y consumidores de la Provincia del Chaco”, concluyó.

“Esperamos que en segunda instancia el tribunal comprenda las particularidades del caso y que sobre todo se priorice el federalismo para poder llegar a una sentencia judicial que sea justa con la protección de los derechos de los usuarios chaqueños”, finalizó Corregido.

 

Cooperativa La Prensa

Cooperativa de Trabajo y Consumo Ltda La Prensa

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