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Corregido denunció a Nación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos

El defensor del Pueblo del Chaco, Gustavo Corregido, realizó una presentación online ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) con sede en Washington - Estados Unidos, mediante la cual denunció al Estado Argentino por violación a los Derechos Humanos.

Corregido recurrió al organismo internacional al considerar que el fallo dictado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) en fecha 27 de Noviembre de 2018, viola los artículos 1.1 – 2 – 8.1 y 25.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en desmedro de los derechos de los ciudadanos chaqueños.

 

El defensor del Pueblo del Chaco recurrió a la institución del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos, denunciando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, en el ejercicio de la función de administrar justicia, violó los artículos. 1 .1 – 2 – 8.1 y 25.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en desmedro de los derechos de los ciudadanos chaqueños.

La presentación se da en el marco del caso ocurrido en el año de 2013, cuando el defensor del Pueblo se interpuso una acción de amparo colectivo contra la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) y el  Estado Nacional – Ministerio del Interior y Transporte, por considerar que los aumentos dispuestos por la administración nacional vulneraban los derechos constitucionales de los usuarios del servicio de transporte interurbano de pasajeros.

En segunda instancia, la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia acogió favorablemente el recurso de apelación incoado por el defensor del Pueblo e hizo lugar la acción interpuesta, declarando la nulidad e inaplicabilidad del instrumento que dispuso el aumento de la tarifa por la irregularidad de su dictado, argumentando que la actuación de la administración Nacional, exhibía los vicios de arbitrariedad y que el defensor del Pueblo del Chaco se encontraba ampliamente legitimado para cuestionar los actos del Gobierno Nacional.

En fecha 27 de noviembre de 2018, la Corte Suprema de Justicia Nacional resolvió rechazar la demanda deducida por el defensor del Pueblo del Chaco remitiéndose al Dictamen de la Procuradora Laura Monti, quien sostuvo que los ombudsman provinciales carecen de legitimación para cuestionar o recurrir actos del EjecutivoNacional.

La Corte estableció un criterio restrictivo y regresivo negando legitimación activa a cualquier Defensor del Pueblo provincial o municipal del país para cuestionar actos de la administración nacional, es decir a partir de este triste fallo ningún Defensor del Pueblo podrá demandar al Estado Nacional en defensa del Pueblo.

 

 

El defensor del Pueblo del Chaco recurrió a la institución del Sistema Interamericano de Protección de Derechos Humanos, denunciando que la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina, en el ejercicio de la función de administrar justicia, violó los artículos. 1 .1 – 2 – 8.1 y 25.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos en desmedro de los derechos de los ciudadanos chaqueños.

 

Cooperativa La Prensa

Cooperativa de Trabajo y Consumo Ltda La Prensa

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