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Caso Pamela Famoso: el fallo del STJ echó por tierra el juicio abreviado

Mucho se habla acerca de papel del Poder Judicial respecto de su actuación en los casos de violencia contra el género, si bien existe mucho de prédica y algunos fallos por destacar, también están de los otros, en los que la impunidad y la sinrazón pisotean a la palabra justicia.

Ayer se conoció lo que puede calificarse como el inicio de un proceso para enmendar lo que fue, a todas luces, un fallo hecho a medida del victimario.

Se trata del caso de Pamela Famoso, la joven que había sido agredida de forma brutal por quien fuera su pareja, Juan Benítez, en junio de 2016, quien durante toda la instrucción del hecho había estado detenido, acusado de “Doble tentativa de femicidio”, pero que en una decisión inexplicable para la querella accedió a un juicio abreviado en el que se le modificó la calificación legal a la inexplicable figura de “Lesiones leves”, para lograr una condena de un año en prisión en suspenso y, por ende, recuperar la libertad.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) dio lugar a la presentación de José Ballesta como letrado querellante para anular esta sentencia determinada por la jueza Elda Torresasgasti y, con ello, retomar el proceso que se encontraba la causa antes del juicio abreviado, es decir, la permanencia de Benítez como detenido para luego efectuarse el juicio oral que lo juzgue por doble tentativa de femicidio.

“Había errores jurídicos muy graves, entre ellos se observa que quedó demostrado que la jueza llevó el procedimiento de forma personal sin la participación del resto del tribunal y, además, cambiar una calificación legal, escenario que solo puede darse durante las audiencias de un juicio oral que no hubo”, señaló Ballesta a elDIARIO de la Región.

Entre las cuestiones procedimentales en las que hubo omisiones o negligencias, el abogado sostiene que por tratarse de un delito cuya pena supera los ocho años de cárcel, no correspondía aplicarse la figura del juicio abreviado a lo que sumó que en este caso la opinión de la víctima actúa de forma vinculante, y Famoso, lejos de ser notificada de esta situación, recibió la cédula judicial que llegó a su domicilio días después de que se sustanciará el juicio abreviado.

“El fallo es claro al señalar que no puede modificarse el hecho, hubo una tentativa de homicidio porque aparece el padre de la víctima y, al encontrar a su hija desvanecida y golpeada, empuja al acusado y la traslada a un centro asistencial”, explicó el abogado sin dejar de subrayar lo que consideró como una arbitrariedad tanto de la jueza Torresasgasti como de la fiscal Susana Lavagno que avalaron el juicio abreviado cuando existía la ratificación de la Cámara de Apelaciones y un juzgado de garantías para que se lleve a cabo el juicio ordinario.

El abogado finalizó marcando su satisfacción porque la Corte chaqueña marca con este fallo un “precedente para aquellos casos en los que se pretenda modificar la etapa preliminar” y añadió que lo que se viene es el apartamiento de Torresasgasti de la causa, la detención del acusado y que se fije fecha para el juicio.

EL CASO

El hecho ocurrió el 27 de junio en una vivienda de Villa Centenario, cuando Famoso fue atacada por Benítez delante de la hija de ambos, que fue quien dio aviso a su abuela materna sobre la golpiza que estaba sufriendo la joven.

El padre de Famoso llegó al auxilio de su hija y el resto es historia conocida, se detuvo a Benítez hasta que logró su libertad mediante un juicio abreviado. Ahora, estará otra vez tras las rejas.

 

 

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